La reciente implementación del decreto 847 en Argentina, que establece modificaciones en el capítulo laboral de la Ley Bases, ha generado interés ante la extensión del período de prueba para trabajadores. Esta medida es parte de la agenda del gobierno de Javier Milei y busca actualizar los derechos laborales en un contexto de reformas más amplias. Se destacan nuevas condiciones clave para los trabajadores en este período, lo que podría impactar significativamente en el mercado laboral.
Cambios en los trabajadores en período de prueba
El decreto 847 amplía el período de prueba de tres a seis meses, permitiendo incluso extenderlo a ocho meses en empresas con entre 6 y 100 empleados y hasta un año en unidades de menos de cinco. Esta medida busca dar mayor flexibilidad a los empleadores, aunque también incluye una restricción: no se permite la contratación reiterada de un mismo empleado bajo este régimen. Si un trabajador es recontratado, se considerará que ha renunciado al período de prueba, estableciendo así una relación laboral formal.
Derechos laborales en período de prueba
A pesar de las modificaciones, el decreto reafirma que los trabajadores en período de prueba conservan los mismos derechos que los empleados en relación de dependencia. Esto incluye la posibilidad de extinguir la relación laboral sin necesidad de justificación ni derecho a indemnización para el trabajador. La diferencia principal radica en el tiempo de preaviso y las causas de dicha extinción, lo que otorga al empleador una mayor libertad en la desvinculación.
Derecho a un salario justo
Los trabajadores en período de prueba recibirán un salario que no puede ser inferior al convenio colectivo ni al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Por lo tanto, se garantiza que ningún empleado pueda ser objeto de discriminación salarial por género, origen étnico o religión, lo que sitúa a estos trabajadores en una posición similar a la de sus pares en condiciones permanentes.
Jornada laboral y horas extras
El tiempo laboral de los trabajadores en prueba está regulado, permitiendo un máximo de 8 horas diarias y 48 horas semanales. Cualquier excedente se considerará horas extras, las cuales se remunera con un recargo del 50% en días hábiles y del 100% en feriados. Adicionalmente, se establece un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas laborales.
Descansos obligatorios, vacaciones y licencias
Al igual que otros empleados, los trabajadores en período de prueba tienen derecho a un día de descanso semanal y a vacaciones remuneradas proporcionales al tiempo trabajado. Licencias especiales por maternidad o fallecimiento son igualmente garantizadas. Destaca que una reciente sentencia obligó a indemnizar a una trabajadora despedida por embarazo, marcando un precedente en la aplicación de derechos laborales.
Aportes a la seguridad social y la salud
Durante el período de prueba, el empleador está obligado a realizar aportes a la seguridad social, que incluyen jubilación, obra social, y seguro de desempleo, entre otros. Esto asegura que los trabajadores estén cubiertos en caso de accidentes o enfermedades laborales. Para que se considere un período de prueba válido, esta relación debe estar debidamente registrada ante los organismos competentes, de lo contrario, el empleador pierde la posibilidad de utilizar esta figura.
El decreto 847 y sus modificaciones se presentan como parte de un esfuerzo por modernizar y regular la relación entre empleadores y empleados, aunque el impacto y la aceptación de estas medidas todavía están por verse en la práctica laboral en el país.