La paritaria del sector mercantil fue homologada oficialmente tras el acuerdo alcanzado el pasado 26 de marzo entre las principales entidades empresarias y sindicales. Este convenio impacta sobre los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75 y fija un incremento salarial del 5% sobre las escalas básicas vigentes a marzo de 2026, incluyendo además las sumas no remunerativas existentes a esa fecha.
Incrementos Escalonados a Partir de Abril
El aumento se aplicará de manera escalonada en tres tramos consecutivos. En abril se incorporará un 2%, mientras que en mayo y junio se sumarán incrementos del 1,5% en cada mes. Este esquema progresivo apunta a distribuir el impacto en las estructuras de costos de las empresas y permite una actualización gradual de los salarios del sector.
Además, el acuerdo contempla el pago de una suma fija no remunerativa de 20.000 pesos, que se añadirá a montos ya vigentes bajo el mismo carácter. Este componente salarial busca apoyar la recomposición de ingresos en un contexto económico desafiante.
Aporte Obligatorio para Sostener el Sistema de Salud
El entendimiento incluye una contribución adicional obligatoria por parte de los empleadores destinada a sostener el sistema solidario de salud. Se estableció un aporte mensual de 28.000 pesos por cada trabajador alcanzado, destinado a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC). Este punto se incorpora con el objetivo de garantizar el funcionamiento del sistema prestacional, en un escenario de incremento de costos sanitarios y demanda creciente.
Vigencia del Acuerdo y Cláusula de Revisión
El acuerdo tendrá vigencia desde el 1 de abril de 2026 hasta el 31 de marzo de 2031, aunque las partes firmantes dejaron establecido un mecanismo de revisión. Se comprometieron a reunirse en junio de este año para analizar la evolución de las variables económicas y evaluar posibles ajustes en las escalas salariales. Esta cláusula de revisión permitirá introducir modificaciones en función del comportamiento de la inflación y otros indicadores.
Excepciones en Río Grande
Se aclaró que los incrementos establecidos no serán de aplicación obligatoria en acuerdos específicos que puedan celebrarse en la ciudad de Río Grande, en Tierra del Fuego. Sin embargo, se remarcó que los valores definidos en esta paritaria constituyen el piso salarial mínimo para la actividad a nivel nacional. La homologación del acuerdo aporta previsibilidad al sector comercial y establece un marco de referencia para empleadores y trabajadores en los próximos años.


















