Homologación de la paritaria mercantil: nuevas condiciones para empleados del sector

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) informan sobre la homologación del reciente acuerdo en el marco de la paritaria para la actividad mercantil, fechada el 26 de marzo de 2026. Este acuerdo establece importantes incrementos salariales para los trabajadores del sector.

Incremento salarial del 5% para trabajadores del comercio

Las partes firmantes acordaron un incremento salarial del 5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75. Este incremento se calculará tomando como referencia los valores correspondientes al mes de marzo de 2026, además de las sumas no remunerativas vigentes en esa fecha.

El aumento del 5% se abonará en tres tramos: 2% a partir de abril de 2026, 1,5% a partir de mayo de 2026 y 1,5% a partir de junio de 2026. Además, se otorgará una suma fija no remunerativa de $20.000, que se añadirá a las sumas no remunerativas ya recibidas y mantendrá su carácter.

Contribución adicional para la Obra Social de los Empleados de Comercio

Con el propósito de asegurar el funcionamiento del sistema solidario de salud, las partes establecieron que los empleadores deberán realizar una contribución adicional de $28.000 mensuales por cada trabajador incluido en el acuerdo, para sostener los servicios de la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC).

Vigencia y revisión del acuerdo

El acuerdo tiene vigencia desde el 1° de abril de 2026 hasta el 31 de marzo de 2031. Las partes firmantes se comprometen a reunirse en junio de 2026, a iniciativa de cualquiera de ellas, para revisar las escalas básicas y las sumas pactadas, atendiendo las variaciones económicas que pudieran influir en estas condiciones.

Exclusiones para la ciudad de Río Grande

Es importante señalar que los incrementos acordados no son vinculantes para los acuerdos salariales que puedan establecerse en Río Grande, provincia de Tierra del Fuego. Sin embargo, las sumas resultantes de los incrementos pactados servirán como el mínimo convencional a partir de la homologación del acuerdo.

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