El sector de empleados de comercio se prepara para un cierre de año con notables actualizaciones salariales que se implementarán a partir de diciembre de 2025. Dichas modificaciones incluyen el pago del medio aguinaldo y un bono extraordinario mensual, todo en un contexto de ajustes que buscan mantener el poder adquisitivo ante la inflación.
Aumentos salariales: entre el alivio y la preocupación
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) concretó recientemente una paritaria semestral con las cámaras empresarias, que contempla aumentos del 1% mensual entre julio y diciembre de 2025. El acuerdo fue desarrollado de la siguiente manera:
- 1% en julio
- 1% en agosto
- 1% en septiembre
- 1% en octubre
- 1% en noviembre
- 1% en diciembre
Además, para mitigar los efectos de una inflación superior a la proyectada, se incluyó una suma fija no remunerativa de $40.000 por mes, que será incorporada al salario básico a partir de enero de 2026.
Aspectos económicos por categoría: cuánto se percibirá en diciembre 2025
A continuación, se detalla la escala salarial por categoría, que incluye el sueldo conformado (básico + suma fija) y el medio aguinaldo estimado. Todos los valores están expresados en pesos argentinos y ya consideran el cálculo del aguinaldo correspondiente al segundo semestre.
Maestranza
| Categoría | Sueldo conformado | Medio aguinaldo | Total estimado diciembre |
|---|---|---|---|
| Maestranza A | $1.095.795,90 | $527.898 | $1.623.693,85 |
| Maestranza B | $1.098.852 | $529.426 | $1.628.278 |
| Maestranza C | $1.109.560 | $534.780 | $1.644.340 |
Administrativos
| Categoría | Sueldo conformado | Medio aguinaldo | Total estimado diciembre |
|---|---|---|---|
| Administrativo A | $1.107.268 | $533.634 | $1.640.902 |
| Administrativo B | $1.111.860 | $535.930 | $1.647.790 |
| Administrativo C | $1.116.448 | $538.224 | $1.654.672 |
| Administrativo D | $1.130.218 | $545.109 | $1.675.327 |
| Administrativo E | $1.141.690 | $550.845 | $1.692.535 |
| Administrativo F | $1.158.519 | $559.295,5 | $1.717.778,5 |
Cajeros
| Categoría | Sueldo conformado | Medio aguinaldo | Total estimado diciembre |
|---|---|---|---|
| Cajero A | $1.111.091 | $535.545,5 | $1.646.636,5 |
| Cajero B | $1.116.448 | $538.224 | $1.654.672 |
| Cajero C | $1.123.333 | $541.666,5 | $1.664.999,5 |
Auxiliares
| Categoría | Sueldo conformado | Medio aguinaldo | Total estimado diciembre |
|---|---|---|---|
| Auxiliar especializado A | $1.120.274 | $540.137 | $1.660.411 |
| Auxiliar especializado B | $1.134.041 | $547.020,5 | $1.681.061,5 |
Vendedores
| Categoría | Sueldo conformado | Medio aguinaldo | Total estimado diciembre |
|---|---|---|---|
| Vendedor A | $1.111.091 | $535.545,5 | $1.646.636,5 |
| Vendedor B | $1.134.044 | $547.022 | $1.681.066 |
| Vendedor C | $1.141.690 | $550.845 | $1.692.535 |
| Vendedor D | $1.158.519 | $559.295,5 | $1.717.778,5 |
Los sueldos más altos corresponden a Vendedor D y Administrativo F, quienes en diciembre 2025 cobrarán alrededor de $1.717.778,5, suma que incluye sueldo, bono y medio aguinaldo.
Funciones de las categorías mejor remuneradas
Los puestos de mayor paga desempeñan funciones críticas en las estructuras comerciales:
- Vendedor categoría D: encargado de la sección y respaldo del jefe, asume liderazgo en ausencia de este.
- Administrativo F: supervisa, gestiona y coordina diversas áreas dentro del ámbito administrativo.
Detalles sobre el cálculo del aguinaldo
El aguinaldo se determina tomando el 50% de la mayor remuneración devengada del semestre, que en este caso corresponde a noviembre. Es crucial destacar que la suma fija de $40.000 no forma parte del cálculo del aguinaldo, debido a su naturaleza no remunerativa.
Adicionales salariales para trabajadores de comercio
Adicionalmente, los empleados de comercio registrados reciben ciertos beneficios que complementan su salario:
- Antigüedad: 1% del básico por cada año trabajado.
- Presentismo: asignación que incentiva la asistencia regular.
- Manejo de caja: plus salarial para quienes manejan efectivo.
- Horas extra: recargos del 50% en días hábiles y del 100% en fines de semana y feriados.
Es fundamental que solo aquellos que están en relación de dependencia bajo el Convenio Colectivo de Trabajo correspondiente tengan acceso a estos beneficios. Aquellos sin registro no tienen garantizados los mismos derechos laborales.


















