Después de meses de incertidumbre, el Gobierno nacional ha decidido flexibilizar el acceso al registro del cannabis medicinal. La Resolución 1780/2025, publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial, derogó una normativa anterior que había creado obstáculos significativos para los usuarios de cannabis con fines terapéuticos.
Contexto de la Nueva Resolución
La decisión del Gobierno responde a los reclamos persistentes de pacientes, cultivadores y organizaciones civiles que habían manifestado su descontento con la Resolución 3132/2024. Esta normativa, que había estado vigente desde fines del año pasado, había endurecido los requisitos para el acceso al autocultivo, dejando a muchos sin respaldo legal.
Estructura del Registro
La nueva normativa implementa un “reordenamiento” del registro, creando dos categorías principales para la inscripción. La primera incluye a pacientes, familiares y terceros autorizados que cultiven para consumo propio bajo indicación médica. La segunda abarca a personas físicas y jurídicas que desarrollen proyectos de investigación relacionados con el uso medicinal del cannabis.
Habilitación y Proyecciones Futuras
Las personas que cuenten con una indicación médica para tratamientos específicos ahora podrán reinscribirse. También estarán habilitadas las organizaciones civiles que cumplan con los requisitos necesarios. Desde el Ministerio de Salud, dirigido por Mario Lugones, se resaltó la importancia de prevenir usos indebidos, pero sin restringir a aquellos que utilizan el cannabis como herramienta de salud.
Reacción de la Sociedad Civil
Diversas agrupaciones han aplaudido la resolución, considerándola un avance significativo en la lucha por el acceso al cannabis medicinal. Según representantes de Mamá Cultiva, “es una conquista colectiva” que demuestra el poder de la organización social. Destacan que el cannabis es salud y su defensa debe ser continua en la sociedad.
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