La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dejado firme la condena de tres años y ocho meses de prisión a Luciano Napolitano, hijo del fallecido músico Norberto “Pappo” Napolitano, por lesiones y violencia de género en contra de su expareja, Mariel Oleiro. Los hechos ocurrieron entre 2020 y 2021 en Benavidez, provincia de Buenos Aires.
Detalles de la condena y el recurso rechazado
El fallo del máximo tribunal, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, se pronunció en contra del recurso de queja presentado por la defensa de Napolitano, quien había solicitado la revisión de la decisión. La Corte consideró que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos por la acordada 4/2007, lo que hizo que se mantuviera en pie la resolución de la Suprema Corte bonaerense, que había reinstaurado la condena original.
Acciones de abuso y antecedentes del caso
Según el expediente al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas, los episodios de violencia comenzaron el 21 de noviembre de 2020, cuando Napolitano agredió y amenazó a Oleiro, utilizando un arma de fuego calibre .38. El hecho más grave se produjo el 24 de mayo de 2021, cuando el músico la estranguló en un ataque de ira, amenazándola hasta dificultarle la respiración, lo que llevó a Oleiro a presentar la denuncia penal correspondiente.
En primera instancia, Napolitano fue condenado en un juicio abreviado a una pena de prisión debido a los delitos de violencia de género, lesiones leves, amenazas, privación ilegal de la libertad y tenencia de un arma de guerra. Cumplió un año y medio bajo arresto, tanto en prisión efectiva como en arresto domiciliario.
Revocación de la absolución y últimas decisiones judiciales
En diciembre de 2023, la Cámara de Garantías de San Isidro había optado por absolver a Napolitano, argumentando que no se alcanzó el grado de certeza necesario para mantener la condena. Sin embargo, esta decisión fue apelada por el Ministerio Público y la parte querellante.
Finalmente, en diciembre de 2024, la Suprema Corte bonaerense revocó la absolución, considerando que el análisis realizado por la Cámara fue “fragmentario y aislado”, sin una valoración integral de las pruebas del caso. El intento de la querella de llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación fue declarado inadmisible, por lo que la condena quedó firme.


















