La renovación del Certificado Único de Discapacidad (CUD) debe realizarse en la misma fecha en la que venció el documento el año pasado. Por ejemplo, quienes contaban con vencimiento en enero de 2025 deberán renovarlo en enero de 2026.
CONDICIONES DE VIGENCIA DEL CUD
La vigencia del CUD varía dependiendo del tipo de discapacidad. El plazo se define al momento de su otorgamiento según el cuadro clínico evaluado. En determinados casos, es posible obtener el certificado sin vencimiento. Esta opción fue establecida por la Resolución 1654/2024 de la ex Agencia Nacional de Discapacidad (Andis).
QUIENES PUEDEN ACCEDER AL CUD SIN VENCIMIENTO
Pueden acceder al CUD sin vencimiento las siguientes personas:
- Personas que hayan tramitado al menos dos renovaciones previas del certificado.
- Mayores de 60 años con funciones corporales estables durante los últimos cinco años.
- Personas que utilizan equipamiento o dispositivos de forma permanente para preservar funciones vitales.
DIFERENCIAS ENTRE CUD Y PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA
El grado de invalidez exigido para acceder a una pensión no contributiva (PNC) es distinto al que se requiere para el CUD. Para el certificado, se considera si la discapacidad es leve, moderada o grave. En cambio, para la prestación de la ANSES, se requiere un 66% de invalidez laboral.
Asimismo, los requisitos de la PNC establecen que los beneficiarios no pueden contar con ingresos de ningún tipo.
Por Laura Kalerguiz, periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista – Matrícula CPACF T 70 F 987.
















