El Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires ha oficializado un nuevo monto para la Unidad Fija (UF) que se utilizará en el cálculo de las multas de tránsito. Esta medida, que busca ajustarse a la realidad económica del país, fue comunicada a través de la Resolución 1 publicada en el Boletín Oficial y entrará en vigencia durante los meses de marzo y abril de 2026.
Nuevo Valor de la Unidad Fija para Multas de Tránsito
El valor de la UF ha sido fijado en $1.896. Esta cifra es clave para la determinación del monto de las multas y será aplicable a partir del 1° de marzo. La resolución fue firmada por el subsecretario de Política y Seguridad Vial, Eduardo Gabriel Feijoo, quien destacó que el ajuste responde a la necesidad de equiparar las sanciones con el aumento de los costos de vida.
Este mecanismo se basa en la Ley 13.927 – Código de Tránsito-, que especifica que las sanciones se calculan en Unidades Fijas equivalentes al precio de un litro de nafta de mayor octanaje, de acuerdo con la información proporcionada por el Automóvil Club Argentino (ACA) en su sede de La Plata.
El ACA ha establecido el precio del litro de nafta premium en $1.896, que será la referencia para el cálculo de las sanciones. De acuerdo con la normativa, el valor se actualizará bimestralmente por parte de la Subsecretaría de Política y Seguridad Vial.
Con esta actualización, las infracciones más graves, que pueden alcanzar hasta 1.000 UF, tendrán un tope de $1.896.000. Entre estas infracciones se encuentran el exceso de velocidad, la conducción bajo los efectos del alcohol o drogas, y circular en contramano o por banquina, según lo estipulado en la normativa.
Finalmente, la resolución encomienda a la Dirección de Informática y Tecnología la publicación del nuevo valor en el sitio oficial de infracciones de la provincia. Este sistema de UF busca mantener el impacto económico de las sanciones frente a la inflación, asegurando que los montos se ajusten automáticamente de acuerdo al precio del combustible. La medida se enmarca dentro de las atribuciones otorgadas por las Leyes 15.477 y 13.927 y el Decreto 532/09.

















