La Justicia Federal de Campana ha declarado la invalidez del veto presidencial a la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, en respuesta a una acción de amparo. Esta sentencia, aunque aplicable solo al caso concreto, establece un precedente de gran importancia en los derechos de las personas con discapacidad en Argentina.
Los alcances del fallo
La sentencia invalidó el Artículo 3 del Decreto 534/2025, que derogaba la ley aprobada por el Congreso. La resolución, que fue dada a conocer por la periodista Vanesa Petrillo, tendrá efectos exclusivos para los demandantes y no se aplica de manera general a la población.
El caso concreto
El amparo fue promovido por O.G.J. y D.R.N. en representación de dos menores, B.N. e Y.N., quienes son beneficiarios directos de las prestaciones vinculadas a la ley. El juez decidió:
- Hacer lugar parcialmente al amparo solicitado.
- Ordenar a la obra social que ajuste sus prestaciones a lo establecido en la ley de emergencia, que ha sido restituida para este caso.
- Imponer las costas del proceso al Estado Nacional.
Consecuencias y proyección
La decisión del tribunal no es definitiva, ya que el Gobierno puede apelar el fallo. No obstante, se trata del primer fallo judicial que anula eficazmente el veto presidencial en el ámbito de la discapacidad.
Expertos del derecho han señalado que esta resolución podría estimular la presentación de nuevos recursos de amparo en otros tribunales, lo que podría abrir un debate más amplio sobre la constitucionalidad del veto y los alcances de la Ley de Emergencia en Discapacidad.