La Corte Suprema de Justicia condenó hoy al Estado Nacional, a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, y a los municipios de Rosario y Victoria a implementar y ejecutar un plan para evitar la quema de pastizales en la zona del delta del río Paraná.
Un plan para la conservación del delta del Paraná
Se trata de que los estados nacional, provinciales y las comunas ejecuten un Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS-DP), según definió la Corte. Este plan implica la instalación de equipamiento e infraestructura para establecer mecanismos de información de alerta temprana, la implementación de la red de Faros de Conservación, un Plan Sistemático de Control y un Plan de Manejo del Fuego para el Delta.
La intervención de la Corte se dio tras los frecuentes incendios en las islas, algunos de ellos intencionales e ilegales, vinculados con la producción agropecuaria. El humo y las cenizas llegaron a los centros urbanos de Buenos Aires y Santa Fe.
En este contexto, la Corte advirtió que la ejecución de las medidas es responsabilidad de las autoridades políticas de los distintos niveles de gobierno.
Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal identificó los focos de incendio en el municipio de Victoria y consideró que el PIECAS-DP, un acuerdo interjurisdiccional existente desde 2008, es el marco adecuado para coordinar las políticas de prevención.
Acción judicial y contexto de los incendios
La causa se inició el 25 de junio de 2020, a raíz de una demanda de la Asociación Equística Defensa del Medio Ambiente contra el Estado Nacional, las provincias de Santa Fe, Entre Ríos y los municipios de Rosario y Victoria. El objetivo era que se ordenara la cesación efectiva de todos los focos de incendio en las islas frente a Rosario.
La situación genera humo y hollín en Rosario, lo que afecta el derecho a la salud y al ambiente sano de sus habitantes. La mayoría de las islas en cuestión pertenecen a la jurisdicción de Entre Ríos y de la municipalidad de Victoria.
En agosto de 2020, la Corte declaró que la causa correspondía a su competencia originaria, ordenando el traslado de la acción ante los demandados y citando a la provincia de Buenos Aires como tercero. Además, dictó una medida cautelar para la constitución inmediata de un Comité de Emergencia Ambiental (CEA) en el marco del PIECAS-DP.
Reacciones de las partes involucradas
Al contestar, el Estado Nacional se desentendió, argumentando que la responsabilidad de implementar políticas de protección ambiental recae en las provincias. Por su parte, Entre Ríos afirmó que la cuestión se había tornado abstracta porque no había focos activos en el delta, argumentando haber tomado medidas preventivas.
Santa Fe indicó que los incendios, aunque fuera de su jurisdicción, perjudican a su territorio, mientras que Buenos Aires defendió sus acciones como adecuadas. Por su parte, Rosario cuestionó la demanda, señalando que las quemas ilegales se sitúan mayormente en Entre Ríos.
Victoria admitió que hay incendios en su área, aunque aseguró no tener las facultades para prevenirlos. La Corte, al resolver, subrayó que el PIECAS-DP tiene como objetivo central encontrar soluciones a la problemática de los incendios en el delta, pero no se observan avances suficientes.
Finalmente, la Corte condenó al Estado Nacional y a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, así como a los municipios de Rosario y Victoria, a implementar y ejecutar el Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS-DP).
















