La Corte ratificó que Cristina Kirchner seguirá con tobillera electrónica y arresto domiciliario

La Corte ratificó que Cristina Kirchner seguirá con tobillera electrónica y arresto domiciliario

La Corte Suprema de Justicia validó la resolución del juez federal Jorge Gorini que establece el uso de una tobillera electrónica para la ex presidenta Cristina Kirchner, quien cumple arresto domiciliario en su domicilio de San José 1111 desde junio, tras ser condenada por administración fraudulenta en perjuicio del Estado.

Cristina Kirchner apela la colocación del dispositivo electrónico

Cristina Kirchner llevó su reclamo ante la Corte Suprema tras la decisión de la Cámara de Casación, que en agosto rechazó el pedido de eliminar la tobillera, argumentando que su uso complementa de manera adecuada el arresto domiciliario.

La defensa de la ex mandataria había argumentado que la instalación del dispositivo de monitoreo electrónico constituía una medida arbitraria e irracional y que no era necesaria para asegurar el cumplimiento de su pena. Sin embargo, la Corte ratificó la validez de la vigilancia mediante la tobillera.

Restricciones en las visitas a la ex presidenta

En una reciente decisión, el juez Gorini mantuvo el arresto domiciliario y además amplió las restricciones sobre las visitas que puede recibir la ex presidenta, limitando a tres personas por día y un máximo de dos horas cada vez. La Corte consideró abstracta la discusión sobre el régimen de visitas, dado que se habían establecido nuevos límites y controles.

El fallo subrayó que la defensa no había fundamentado adecuadamente su oposición a las limitaciones impuestas por el Tribunal Oral Federal 2.

Recuros y cuestionamientos a la Corte

La defensa de Cristina Kirchner, al interponer sus recursos, también solicitó la recusación de la Corte Suprema, alegando un temor objetivo de parcialidad por haber confirmado la condena en el caso Vialidad, que implica un daño al Estado de aproximadamente 685.000 millones de pesos.

Los magistrados de la Corte explicaron que este tipo de recusaciones son consideradas excepcionales y deben estar respaldadas por argumentos sólidos. En este caso, desestimaron la solicitud al no encontrar elementos que justificaran su proceder.

En su dictamen, se reafirmó que las causas de recusación basadas en la intervención de los jueces en el ejercicio de sus atribuciones son insuficientes para apartarlos de un caso.

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