La reforma laboral impulsada por el Gobierno argentino enfrenta su primer revés judicial. Un juez laboral de Córdoba declaró inconstitucional el artículo 55 de la ley, que regula la actualización de los créditos laborales en juicios ya en trámite cuando la normativa entró en vigor.
Fallo Judicial Contundente sobre la Ley de Reforma Laboral
El artículo en cuestión permite que las deudas laborales se reduzcan entre un 20% y un 60%, en comparación con los criterios utilizados antes de la implementación de la nueva legislación. Este cambio ha generado preocupación entre los trabajadores, ya que afectaría el monto final que percibirían en sus reclamaciones judiciales.
El juez Ricardo Gileta emitió su resolución el 10 de marzo, aunque el fallo se hizo público este jueves. En su sentencia, el magistrado desestimó la validez del artículo 55 y determinó que la actualización del capital debe realizarse de acuerdo con el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establece un ajuste basado en la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC), más un 3% mensual desde el momento de la mora hasta el pago.
El juez argumentó que el tratamiento diferenciado entre los juicios nuevos y aquellos iniciados antes de la reforma atentaba contra el principio de igualdad ante la ley. De esta manera, dispuso que los créditos laborales se ajusten bajo los criterios establecidos en la ley vigente antes de la reforma, asegurando que los trabajadores no sufran un recorte significativo en sus derechos.
El fallo también subrayó la naturaleza alimentaria de los créditos laborales, resaltando que cualquier mecanismo que busque disminuir su valor frente a la inflación puede comprometer el principio de reparación plena consagrado en la Constitución argentina, así como el principio de protección que rige el derecho laboral.
