El Juzgado Federal de Catamarca ordena restituir pensiones no contributivas por invalidez en 24 horas

El Juzgado Federal de Catamarca ordena restituir pensiones no contributivas por invalidez en 24 horas

El Juzgado Federal de Catamarca N° 2 ha dictado una resolución clave en defensa de las personas con discapacidad en la provincia. El juez Guillermo Díaz Martínez ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restituir en un plazo de 24 horas todas las pensiones no contributivas por invalidez que habían sido revocadas. Esta decisión responde a irregularidades en el proceso de suspensión y al riesgo que esto representa para la subsistencia de los beneficiarios.

Orden judicial y justificaciones

El juez Díaz Martínez también instruyó a la ANDIS a abstenerse de realizar nuevas suspensiones. En su fallo, enfatizó el carácter alimentario de las prestaciones y el peligro inminente que enfrentan los titulares de las pensiones, muchos de los cuales tienen discapacidades severas. La demanda había sido presentada por el Defensor del Pueblo de Catamarca, quien representaba a un colectivo afectado por las bajas masivas.

Irregularidades en el proceso de revisión

Las quejas de los demandantes se centraron en las irregularidades que rodearon las auditorías médicas. En el expediente, se mencionó la carga irrazonable que implica comparecer a las revisiones, dado el tiempo limitado para presentarse y la lejanía entre los domicilios de los beneficiarios y los centros de atención. Muchos se enteraron de las bajas por la falta de pago o por notificaciones redactadas con lenguaje técnico.

Decisiones y recomendaciones a la ANDIS

El juez resolvió que la ANDIS debe restablecer las pensiones por discapacidad suspendidas y realizar el pago retroactivo de los haberes adeudados. También se ordenó la difusión de la providencia al Registro de Procesos Colectivos para coordinar reclamos similares. En su argumentación, Díaz Martínez subrayó que las suspensiones fueron implementadas sin garantizar la participación y defensa adecuada de los beneficiarios, lo que pone en cuestión las prácticas administrativas de la agencia.

Impacto del fallo

El magistrado remarcó el efecto negativo que las retenciones tienen sobre los beneficiarios, quienes dependen de estas pensiones para su viabilidad cotidiana. “Los amparistas son titulares de pensiones no contributivas, y su derecho a no verse privados de ellas está protegido por causas legítimas”, afirmó el juez, quien ve en esta situación una grave transgresión a los derechos de esta población vulnerable.

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