Con el objetivo de reducir cargas administrativas y estimular la circulación de dólares dentro de la economía formal, el Gobierno Nacional ha implementado nuevas medidas de desregulación fiscal. Este martes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) presentó una serie de cambios significativos en los regímenes de emisión de comprobantes así como en los umbrales de operaciones a reportar, ajustando resoluciones vigentes y aumentando notablemente los montos establecidos.
Cambios en la identificación del consumidor final
Uno de los aspectos más destacados es la actualización del monto a partir del cual los comercios deben identificar al consumidor final al emitir comprobantes. Anteriormente, el límite era de $250.000 para pagos en efectivo y de $417.288 para otros métodos de pago. A partir del 29 de mayo de 2025, este umbral se incrementa a $10.000.000, independientemente del medio de pago. Esto significa que:
- Para operaciones menores a $10.000.000, no será necesario registrar los datos personales del comprador.
- En transacciones iguales o superiores a $10.000.000, será imprescindible informar alguno de los siguientes datos: CUIT, CUIL, CDI, DNI, cédula de identidad o pasaporte (en caso de extranjeros).
Este cambio busca facilitar el funcionamiento comercial y forma parte de una política fiscal más amplia promovida por el Ministerio de Economía.
Nuevo límite para el uso del “Facturador” por pequeños contribuyentes
Un segundo aspecto relevante se refiere al sistema de facturación electrónica denominado “Facturador”, destinado a pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado (RS). Con la nueva resolución, se establecen los siguientes cambios:
- El monto máximo de operaciones que pueden ser facturadas por este sistema se amplía a $500.000.
- Los monotributistas sociales inscritos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social no podrán usar el “Facturador” para operaciones que excedan $250.000, la mitad del nuevo límite.
Cambios en el régimen de controladores fiscales
La normativa también ha sido modificada en cuanto al uso de controladores fiscales. Ahora, la identificación del consumidor final mediante estos dispositivos se realizará únicamente cuando corresponda, según los nuevos parámetros establecidos en la modificación.
Nuevos montos que activan el control de ARCA sobre operaciones financieras
En consonancia con las recientes políticas del Gobierno para fomentar el uso de dólares en el sistema financiero formal, ARCA ha definido nuevos umbrales de reporte obligatorio para diversas operaciones, aplicables tanto a personas físicas como jurídicas. Los nuevos montos son los siguientes:
Tipo de operación | Umbral anterior | Nuevo umbral aprobado por ARCA |
---|---|---|
Transferencias y acreditaciones bancarias | $1.000.000 | $50.000.000 (personas humanas)/$30.000.000 (personas jurídicas) |
Extracciones de efectivo | Desde cualquier monto | $10.000.000 (personas humanas y jurídicas) |
Saldos al último día del mes | Entre $700.000 y $1.000.000 | $50.000.000 (personas humanas)/$30.000.000 (personas jurídicas) |
Plazos fijos | $1.000.000 | $100.000.000 (personas humanas)/$30.000.000 (personas jurídicas) |
Transferencias en billeteras virtuales | $2.000.000 | $50.000.000 (personas humanas)/$30.000.000 (personas jurídicas) |
Tenencias en AlyCs | Se informaban todos los montos | $100.000.000 (personas humanas)/$30.000.000 (personas jurídicas) |
Compras de consumidor final | $250.000 en efectivo / $400.000 en otros medios | $10.000.000 (para cualquier medio de pago) |
Estos nuevos parámetros representan un claro giro hacia la desregulación fiscal, orientado a dinamizar la economía y reducir la fricción existente entre los contribuyentes y el Estado. Según menciona la resolución, el enfoque es crear una administración pública más eficiente y eficaz al servicio del ciudadano.