El Gobierno nacional ha oficializado una importante actualización en el régimen del Monotributo, aumentando el tope máximo de facturación anual de $82 millones a $95 millones. La información fue confirmada por el subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari, quien destacó que esta cifra equivale a aproximadamente 74.500 dólares al año.
Evolución de los límites de facturación
Lanari indicó que en diciembre de 2023, el límite de facturación era de solo 6.300 dólares, lo que representa un incremento de 12 veces desde el inicio de la gestión del presidente Javier Milei. Esta actualización llega en un contexto donde también se han dado a conocer los nuevos índices de inflación del primer semestre, lo que impacta en las escalas del impuesto a las Ganancias y los valores del Monotributo, conforme a lo estipulado por ley.
Nuevas escalas del Monotributo
Con esta modificación, la categoría más baja (A) del Monotributo verá su tope anual incrementado de $7.813.063 a $9 millones. Por su parte, la categoría más alta se elevará de $82.370.281 a $95 millones.
Las cuotas mensuales también experimentarán un aumento, que variará entre el 15,3% y el 15,6%. Ejemplos de estas modificaciones incluyen:
- La cuota de la categoría A, que pasará de $32.221 a más de $37.000.
- La cuota de la categoría B, que subirá de $36.679 a más de $42.000.
Estos ajustes regirán desde agosto de 2025 hasta enero de 2026.
Procedimiento de recategorización
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitará en los próximos días el sistema para realizar la recategorización. Este trámite deberá completarse antes del 5 de agosto. Los monotributistas que hayan variado su nivel de ingresos, consumo energético, superficie del local o alquileres en el último año deberán actualizar su categoría mediante clave fiscal en el sitio web de la AFIP.
No se requerirá recategorización para aquellos que mantengan su categoría o que lleven menos de seis meses de actividad. La ARCA podrá proceder a la recategorización de oficio si se detectan inconsistencias entre los ingresos declarados y los gastos.
Cambios en el impuesto a las Ganancias
Por otro lado, el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias se elevará de $2,3 millones a $2,6 millones mensuales para trabajadores solteros sin hijos. En el caso de trabajadores casados con dos hijos, la cifra pasará de $3 millones a casi $3,5 millones. También se incrementarán los montos máximos deducibles por conceptos como salarios del personal doméstico, educación de los hijos y alquiler.
Estas deducciones se registrarán mediante el Formulario F572Web en el sistema Siradig Trabajador. Sobre el excedente del Mínimo No Imponible, las alícuotas progresivas variarán del 5% al 35%.