La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirma las novedades sobre dos prestaciones fundamentales para abril de 2026: la Prestación por Desempleo, que podría llegar a montos cercanos a los $350.000, y el esquema actualizado de pensiones que incluye un aumento y un bono adicional.
Prestación por Desempleo: montos y requisitos
En cuanto a la Prestación por Desempleo, esta está destinada a trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin causa justificada, incluyendo a empleados eventuales y del sector de la construcción.
El monto no es fijo y se calcula en base al salario previo del trabajador. Este beneficio equivale al 75% del mejor sueldo de los últimos seis meses, con límites que actualmente van de $178.900 a $357.800.
La duración del pago varía según los aportes realizados, con un rango de 2 a 12 meses. Sin embargo, las personas mayores de 45 años pueden extenderlo hasta 18 meses.
Para acceder a esta prestación, es necesario cumplir ciertos requisitos dependiendo del tipo de empleo y presentar documentación que respalde la situación de desempleo, como el telegrama de despido, el contrato vencido o constancias judiciales en caso de quiebra del empleador. El trámite puede realizarse de manera online o presencial en las oficinas de ANSES.
Actualización de pensiones ANSES para abril
Por otra parte, ANSES dio a conocer los valores actualizados de las pensiones para abril, que ya incluyen un incremento del 2,9% en base a la fórmula de movilidad vinculada al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Además, continúa en vigencia el bono extraordinario de $70.000, destinado a los sectores de menores ingresos, con el objetivo de fortalecer el poder adquisitivo ante la inflación.
Dentro del sistema previsional, uno de los beneficios más relevantes es la pensión por fallecimiento, que garantiza un ingreso mensual a los familiares directos de un jubilado fallecido.
Beneficiarios de la pensión por fallecimiento
Para acceder a esta prestación, pueden hacerlo el cónyuge, conviviente o hijos del titular, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. En el caso de parejas no casadas, se exige acreditar una convivencia mínima de cinco años, o de dos años si tuvieron hijos en común.
Asimismo, los hijos pueden percibir la pensión hasta los 18 años, o sin límite de edad en caso de discapacidad.
Trámite para acceder a la pensión
El trámite puede iniciarse de manera online a través de “Mi ANSES” si el fallecimiento ocurrió dentro de los últimos seis meses, o de manera presencial con turno previo en casos más complejos.
