El Ministerio de Capital Humano anunció el cronograma de pagos del Plan Fomentar Empleo para el mes de septiembre de 2025. Al igual que en meses anteriores, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) será la responsable de realizar las acreditaciones de los beneficios según la modalidad de cobro que haya elegido cada beneficiario.
Calendario de pagos del Plan Fomentar Empleo en septiembre
Los pagos correspondientes al Plan Fomentar Empleo se llevarán a cabo en dos fechas específicas:
- Viernes 19 de septiembre de 2025: beneficiarios que optaron por cobrar a través de la aplicación BNA+.
- Lunes 22 de septiembre de 2025: beneficiarios que seleccionaron el cajero humano o ventanilla.
Es importante destacar que este pago cubrirá la cuota del mes de agosto, dado que Anses liquida los beneficios con un mes de retraso.
Montos del programa
La Resolución 832/2024 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció los montos del Plan Fomentar Empleo, los cuales son:
- $78.000 para quienes cursan en modalidad presencial o semipresencial.
- $45.000 para quienes realizan capacitaciones a distancia.
El Plan no es compatible con otros programas de asistencia como Acompañamiento Social y Volver al Trabajo, impidiendo que quienes reciban estos beneficios accedan también al Plan Fomentar Empleo.
Último mes de pago para cursos virtuales
Septiembre de 2025 marcará el último mes en que se pagarán los cursos realizados en modalidad virtual. La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social informó que, a partir de este mes, Anses dejará de abonar los cursos virtuales del Plan.
Aunque las inscripciones para estas capacitaciones permanecen abiertas en el Portal Empleo, el sistema advierte: "Este curso no otorga ayuda económica". Por lo tanto, a partir de octubre, únicamente los cursos presenciales o semipresenciales generarán el cobro del beneficio mensual.
Puente al Empleo para Fomentar Empleo
Los beneficiarios del Plan Fomentar Empleo tienen la posibilidad de incorporarse al mercado laboral formal mediante el Programa Puente al Empleo. Este programa permite a las empresas acceder a beneficios fiscales al contratar a titulares del programa.
El régimen fue reglamentado a través de la Resolución General Conjunta 5751/2025, emitida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Este mecanismo facilita que las personas desempleadas puedan transformar su participación en políticas sociales en empleo registrado, generando derechos y aportes jubilatorios.