La decisión de la Cámara Nacional Electoral en relación con un reciente pedido de La Libertad Avanza (LLA) ha generado controversia en el marco de las elecciones generales. La solicitud para reimprimir la Boleta Única Papel (BUP) en Buenos Aires fue desestimada, una acción que tiene implicaciones significativas dado el contexto electoral actual.
Imposibilidad material y plazos legales en juego
La Cámara determinó que la reimpresión de la boleta era materialmente imposible debido a la proximidad de las elecciones generales del 26 de octubre. A pesar de que se validó el reordenamiento interno de los candidatos, se indicó que la solicitud sobrepasaba los plazos legales y los requisitos logísticos necesarios para garantizar el normal desarrollo del proceso electoral.
El reclamo de LLA buscaba asegurar la transparencia electoral y el derecho del electorado a elegir de forma informada. No obstante, la Junta Electoral Nacional de Buenos Aires rechazó el pedido, argumentando que los plazos configuraban un obstáculo logístico insalvable.
Cuestionamientos sobre la gestión de la Junta Electoral
La negativa de la Cámara fue objeto de apelación por parte de los apoderados de LLA, quienes argumentaron que la demora en la resolución había sido provocada por la propia Junta Electoral. El dictamen del fiscal de cámara respaldó la decisión de la Junta, afirmando que no existían condiciones para completar el proceso necesario dentro del tiempo requerido. “Resulta imposible oficializar un nuevo modelo de boleta, aprobarlo, reimprimirlo y distribuirlo a tiempo sin comprometer el desarrollo de las elecciones”, destacó el fiscal.
Normativas y fechas clave para la boleta única
La Cámara Electoral recordó que tanto el Código Electoral Nacional como la Ley 27.781 establecen un procedimiento riguroso para el diseño, aprobación e impresión de las boletas. Según los informes, el Correo Argentino debía iniciar la distribución de las boletas el 16 de octubre, reclamando al menos cinco días para completar el proceso previo.
Esto implicaba que el límite para la reimpresión de las boletas había vencido el 10 de octubre, antes incluso de que el expediente fuera presentado ante la Cámara. Los 38.760 talonarios de boletas ya habían sido recibidos el 8 de octubre, y su control estaba prácticamente finalizado.
El tribunal concluyó que la situación había perdido virtualidad y se había tornado abstracta, enfatizando que “la protección de las instituciones democráticas y del calendario electoral debe prevalecer sobre los intereses partidarios”. La decisión fue debidamente notificada a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.


















