Muchos jubilados y pensionados en Argentina enfrentan dificultades para gestionar sus haberes debido a limitaciones físicas o por residir en el exterior. Frente a esta situación, la posibilidad de designar un apoderado se convierte en una alternativa crucial para asegurar el acceso a sus prestaciones. Sin embargo, existen dudas acerca de quiénes pueden asumir este rol y cómo se realiza el trámite.
Requisitos para ser apoderado
La variedad de personas que pueden actuar como apoderados resulta amplia. Los aprobados para realizar trámites ante la ANSES incluyen:
- Cónyuge
- Conviviente previsional
- Madres y padres
- Abuelos y bisabuelos
- Hijos, nietos y bisnietos
- Otros familiares como tíos, primos, hermanos, sobrinos, y también yernos, nueras, padrastros, entre otros.
Además, personas no vinculadas familiarmente también pueden ser apoderados, como entidades públicas de carácter nacional, provincial o municipal, mutuales y abogados con poder certificado. Un dato a destacar es que, en situaciones específicas, el director de una institución puede ser designado apoderado si el titular está internado.
Para aquellos jubilados que residen en el exterior, es posible designar como apoderado un banco, lo que les facilitará la administración de sus cobros.
Pasos para gestionar el trámite
El primer paso para designar a un apoderado es acceder a la plataforma Mi ANSES, donde se completa la información básica. Sin embargo, para garantizar la seguridad del trámite, se requiere la presencia física tanto del jubilado como del apoderado en una oficina de ANSES para finalizar el procedimiento.
Uno de los beneficios a tener en cuenta es que, si el apoderado es un familiar directo, no es necesario solicitar turno previo. En cambio, si se trata de una persona ajena a la familia, será necesario sacar un turno a través del sitio web de ANSES o llamando al número gratuito 130.
Los documentos requeridos varían según el tipo de apoderado. Para un familiar, se necesita presentar el DNI y documentación que acredite el parentesco. Un banco requerirá un formulario específico, mientras que un abogado deberá mostrar su credencial vigente.
La formalización del poder se realiza en el momento de la presentación de la documentación, donde se verifica la identidad y el vínculo con el titular. Es importante mencionar que el apoderado debe estar registrado en el sistema de identificación biométrica Mi Huella antes de realizar el cobro.
Además, el titular puede optar por tener dos apoderados diferentes: uno para hacer trámites y otro para el cobro, lo que puede facilitar aún más la gestión de los haberes.
Por último, es fundamental recordar que la designación de un apoderado no es irrevocable. El titular puede modificar o revocar el poder en cualquier momento, manteniendo así el control sobre sus decisiones.
