Miles de jubilados y pensionados enfrentan dificultades para cobrar sus haberes debido a enfermedades, internaciones prolongadas o residencias en el exterior. Para estos casos, ANSES ha implementado un mecanismo que permite la designación de un apoderado que gestione o cobre las prestaciones en representación del titular. Esta opción, que resulta ser más accesible de lo que muchos creen, facilita el proceso a quienes no pueden gestionar sus beneficios de manera presencial.
Personas habilitadas para ser apoderados
La normativa de ANSES establece un amplio abanico de personas que pueden ser designadas como apoderados, no limitándose únicamente a familiares directos.
Familiares y convivientes
Los apoderados pueden incluir a diversos familiares, tales como:
- Cónyuge
- Conviviente previsional
- Padre o madre
- Hijos, nietos o bisnietos
- Abuelos o bisabuelos
- Hermanos, tíos o primos
- Yernos y nueras
Instituciones y profesionales
Además de los familiares, también pueden actuar como apoderados:
- Entidades públicas
- Mutuales e instituciones de asistencia social
- Abogados o procuradores con poder certificado
Situaciones especiales: internaciones
En caso de que el titular esté internado, se permite que el director o administrador de la institución actúe como apoderado. Esta opción se adapta a situaciones donde no hay familiares disponibles.
Jubilados residentes en el exterior
Para aquellos que residen fuera de Argentina, el poder se otorga a un banco con opción de giro al exterior. Las entidades habilitadas incluyen, entre otras, al Banco de la Nación Argentina y al Banco Patagonia S.A.
Guía para realizar el trámite
Paso 1: Iniciar en Mi ANSES
El procedimiento se inicia en Mi ANSES y requiere la presencia física tanto del jubilado como del apoderado en la oficina de ANSES para garantizar seguridad.
Paso 2: Asistir a la oficina de ANSES
Los familiares directos no necesitan solicitar turno previo, lo que agiliza el proceso. En caso de que el apoderado no sea familiar, se debe gestionar un turno a través de ANSES.
Paso 3: Presentación de la documentación
Los requisitos a presentar varían según el tipo de apoderado. Generalmente incluirán:
- Familiares directos: DNI y comprobante de parentesco.
- Conviviente previsional: Acreditación de la relación ante ANSES.
- Documentación específica para bancos o profesionales.
Paso 4: Registro en Mi Huella
El apoderado debe registrarse en Mi Huella, el sistema de identificación biométrica de ANSES. Sin este registro, no podrá cobrar las asignaciones.
Aspectos a considerar
- Roles distintos: Un titular puede tener diferentes apoderados para tramitar y cobrar.
- Revocación: El poder no es permanente; el titular puede revocar o cambiar al apoderado en cualquier momento.
- Actualización de datos: Es importante mantener la información actualizada para evitar inconvenientes en el cobro.
Este mecanismo de apoderados permite que aquellos que por distintas razones no puedan gestionar sus haberes de forma personal, puedan seguir recibiendo su asistencia económica de manera eficaz y segura.

















