Miles de beneficiarios de pensiones no contributivas por invalidez laboral volverán a recibir sus pagos tras la reciente decisión de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), que oficializó la reinstalación de los haberes suspendidos. La medida se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, como resultado de una orden judicial que exigió la reactivación inmediata de los pagos que habían sido interrumpidos.
La resolución que obliga a restablecer los pagos
La reactivación de los pagos está formalizada en la Resolución 13901/2025, que cumple el fallo emitido por el Juzgado Federal N° 2 de Catamarca. Este fallo se deriva de un amparo colectivo presentado por el Defensor del Pueblo de la provincia, en colaboración con personas con discapacidad y organizaciones sociales como la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ).
El juez ordenó a ANDIS que, dentro de un plazo de 24 horas, restableciera todos los pagos interrumpidos y devolviera los haberes adeudados. Además, se suspendieron las auditorías bajo el Decreto 843/2024 hasta que se emita una sentencia definitiva. Se considera que las suspensiones afectaron derechos fundamentales de quienes cumplían con los requisitos legales para la continuidad del beneficio.
Qué cambia con la medida oficial
Con esta medida, ANDIS deberá:
- Restablecer todas las pensiones suspendidas por invalidez laboral.
- Devolver los haberes retenidos durante el período de suspensión.
- Abstenerse de realizar nuevas auditorías o bajas mientras el proceso judicial esté en curso.
ANDIS ha aclarado que los pagos se realizarán según el calendario habitual de ANSES, sin necesidad de que los beneficiarios realicen trámites adicionales.
Por qué se habían suspendido las pensiones
En los últimos meses, ANDIS llevó a cabo una serie de auditorías para comprobar la elegibilidad de los beneficiarios, justificando que esto era necesario para evitar el uso indebido de recursos públicos. Sin embargo, este proceso condujo a bajas generalizadas que afectaron a personas con discapacidad comprobada, muchas de las cuales se encontraron sin ingresos por períodos prolongados.
El fallo judicial remarcó la importancia de que el Estado debe proteger a los sectores más vulnerables, garantizando la continuidad de los ingresos a quienes no pueden trabajar ni acceder a otras fuentes de sustento.
Qué establece la ley sobre las pensiones no contributivas
Las pensiones no contributivas por invalidez laboral están reguladas por la Ley 13.478 y el Decreto 432/1997. Estas prestaciones son inembargables y se otorgan a personas que:
- No pueden desempeñar una actividad laboral.
- No cuentan con ingresos propios suficientes.
- No poseen cobertura previsional ni familiar que asegure su manutención.
La normativa estipula que el beneficio se mantiene mientras se cumplan las condiciones que lo originaron, y su suspensión solo es válida tras un procedimiento legal justificado.
Reacciones de las organizaciones sociales
Organizaciones de personas con discapacidad han celebrado la restitución de las pensiones, aunque recalcan que continuarán monitoreando el cumplimiento efectivo de la medida en todo el país.
Desde estas entidades han expresado: “El daño ya está hecho para muchas familias que se quedaron sin ingresos esenciales. Ahora lo urgente es que se devuelva cada peso retenido y que no vuelva a ocurrir.” La reinstalación de los pagos sigue tras semanas de reclamos y presentaciones judiciales en distintas provincias, y busca asegurar la estabilidad económica de miles de titulares que dependen de esta prestación para sus necesidades básicas.


















