ANSES comenzó a pagar el bono extraordinario de casi $65,000 para un grupo particular
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ha iniciado el pago de un bono extraordinario de $64,778 destinado a las Asignaciones de Pago Único (APU). Este monto, disponible desde julio de 2025, ha sido actualizado en un 1,5%, siguiendo la nueva fórmula de movilidad implementada mediante el Decreto 274/24, que considera los índices de inflación de los dos meses previos.
Requisitos para acceder al bono
Para poder recibir este bono por nacimiento, es necesario que los solicitantes cumplan con ciertos requisitos económicos:
- Ingreso familiar: No debe superar los $4,556,714.
- Ingreso individual: Cada miembro de la pareja no puede exceder los $2,278,357.
- Edad del hijo: El niño debe tener entre 2 meses y 2 años al momento de hacer la solicitud.
Los documentos necesarios para completar el trámite son:
- DNI de los padres y del hijo.
- Partida de nacimiento del hijo.
Fechas de pago de las Asignaciones de Pago Único
Los pagos de las Asignaciones de Pago Único han comenzado el 10 de julio y se extenderán según la quincena hasta el 11 de agosto. A continuación, se presenta el calendario de pagos:
- Primera Quincena: Desde el 10 de julio hasta el 11 de agosto de 2025.
- Segunda Quincena: Desde el 22 de julio hasta el 11 de agosto de 2025.
Beneficiarios de la Asignación Familiar por Nacimiento
Este apoyo económico está destinado a diversos grupos, incluyendo:
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Personas que perciben beneficios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
- Trabajadores temporarios y rurales.
- Beneficiarios de la Prestación por Desempleo.
- Personas con la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra.
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, Hijo con Discapacidad o Asignación por Embarazo.
Procedimiento para solicitar el bono de ANSES por Nacimiento
Los interesados en recibir el pago por el nacimiento deberán presentar:
- Partida de nacimiento del recién nacido.
- Documento nacional de identidad del recién nacido.
En caso de que el nacimiento haya ocurrido en el extranjero, se requerirán los siguientes documentos adicionales:
- Documento que acredite la identidad del recién nacido.
- Partida de nacimiento traducida, visada por el Consulado Argentino y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Si el país emisor es signatario de la Convención de la Haya, la partida debe incluir la apostilla correspondiente.
Este nuevo apoyo económico busca facilitar a las familias argentinas en la llegada de un nuevo integrante.