El exministro de Planificación Federal, Julio De Vido, enfrentará nuevamente a la justicia tras la confirmación de su condena a cuatro años de prisión por administración fraudulenta en relación con la Tragedia de Once. La Corte Suprema de Justicia ratificó la sentencia, lo que permitió al Tribunal Oral Federal N° 4 ordenar su detención inmediata.
Detalles de la Condena
La sentencia fue firmada por el juez Ricardo Basílico, quien estableció que De Vido debe presentarse en los tribunales de Comodoro Py. La citación se programó para este jueves a las 10 de la mañana. Aunque el exfuncionario podría solicitar la prisión domiciliaria debido a su edad (75 años), la Justicia aún no ha definido las condiciones bajo las cuales cumplirá su pena.
Rechazo a Recursos de la Defensa
El rechazo de la Corte a los recursos de la defensa, que argumentaban en favor de la absolución de De Vido, fue un paso crucial en este proceso. Los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron inadmisibles las apelaciones de la defensa y de la Fiscalía, que buscaba una pena más severa.
Contexto de la Tragedia de Once
De Vido fue declarado culpable por no haber controlado adecuadamente los fondos públicos destinados a la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA), concesionaria del servicio ferroviario donde ocurrió el accidente que resultó en 52 muertos y más de 700 heridos en 2012. Aunque fue absuelto del delito de estrago culposo, fue hallado responsable de incumplir sus deberes de control sobre el sistema ferroviario.
Historial Judicial de De Vido
Esta no es la primera vez que De Vido enfrenta a la justicia. En 2017, fue detenido tras perder sus fueros como diputado nacional en un caso distinto, y desde entonces ha pasado tiempo en prisión preventiva, arresto domiciliario y finalmente libertad en marzo de 2020. La sentencia por la Tragedia de Once es la primera condena firme ratificada por la Corte Suprema. Originalmente, recibió una pena de cinco años y ocho meses, que fue reducida a cuatro años en abril de este año por la Cámara de Casación.

















